Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización

EMPRENDEDORESIncentivar la cultura emprendedora y facilitar el inicio de actividades empresariales», ésos serán los principales objetivos de la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Entre sus novedades están las siguientes:

 

-Tarifa plana de 70 euros para los nuevos emprendedores.

Todos los ciudadanos que quieran poner en marcha su propio proyecto emprendedor como autónomos podrán acogerse a la denominada tarifa plana. Permitirá reducir en un 80% la cuota mínima de autónomos en los primeros seis meses de actividad, en un 50% en los siguientes seis, y en un 30% en los seis posteriores. Se publicitó como la tarifa plana de 50 euros, pero la verdad es que, dado que la tarifa mínima de autónomos es de 256,72 euros por 2013 y que la reducción no afecta a la cotización por incapacidad temporal, la cuota a pagar durante los seis primeros meses de actividad estará en torno a los 75 euros. Durante los seis siguiente en 146 euros, mientras que en el tramo final se situará en unos 170 euros

 

-Emprendedor de responsabilidad limitada

Se crea esta nueva figura que permitirá proteger su patrimonio personal ante las eventuales deudas que pudiera generar su actividad empresarial. La norma preservará la vivienda habitual del deudor en las posibles reclamaciones de acreedores por deudas generadas en la actividad empresarial o profesional, con la excepción de los casos de fraude o negligencia grave. La norma establece como condición que el valor de la vivienda se encuentre por debajo de los 300.000 euros y que no se trate de Derecho Público. Es decir, con las Administraciones. Además y aunque al principio, en el borrador el vehículo del emprendedor también quedaba protegido, finalmente ha quedado excluido de la norma

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-Supresión del requisito de capital mínimo para crear una sociedad

La ley crea la nueva figura de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva que permitirá poner en marcha una sociedad sin necesidad de atender al requisito de aportar un capital mínimo de 3.000 euros. A cambio, se restringe la retribución anual que pueden percibir socios y administradores, y la posibilidad de repartir dividendos.

 

-Garantía de una segunda oportunidad.

Las encuestas señalan que los emprendedores identifican el fracaso de su proyecto empresarial con su propio fracaso. Es decir, no lo vuelven a intentar. Los emprendedores de éxito aseguran, por el contrario, que el fracaso es el primer mandamiento del emprendedor. Siguiendo esta filosofía, la ley agiliza la liquidación de los proyectos fallidos mediante acuerdos extrajudiciales con los acreedores y les ofrece mayor protección, previendo quitas de hasta el 25% y moratorias de hasta tres años.

 

                                                                                               MIGUEL ANGEL CABEZA SANTOS

 

                                                                                                    Departamento de Personal

 

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