CONTRATO DE NUEVOS PROYECTOS DE EMPRENDIMIENTO JOVEN

empleo + 45 años

 

Aquellos trabajadores autónomos menores de 30 años sin asalariados que contraten por primera vez, desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 4/2013, podrán realizar la contratación de trabajadores mayores de 45 años, beneficiándose de una bonificación en los seguros sociales del 100% en la cuota empresarial durante un periodo de 12 meses para ello deben darse los requisitos que a continuación detallamos.

 

 

REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES

  • Personas con edad igual o superior a 45 años y que cumpla algunos de los requisitos siguientes:
  1. Ser desempleados, inscritos ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos doce meses durante los dieciocho anteriores a la contratación. 
  2. O que resulten beneficiarios del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (PREPARA).

REQUISITOS DE LA EMPRESA

  • Trabajadores por cuenta propia o autónomos menores de 30 años, sin asalariados que contraten por primera vez, desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 4/2013.
  • Deberá mantener en el empleo al trabajador contratado, al menos, dieciocho meses desde la fecha de inicio de la relación laboral, salvo que el contrato se extinga por causa no imputable al empresario o por resolución durante el periodo de prueba.
  • Si se diera alguna de las causas anteriores se podrá celebrar un nuevo contrato, si bien el periodo total de aplicación de la reducción no podrá exceder, en conjunto, de doce meses.
  • En el caso de que la contratación de un trabajador pudiera dar lugar simultáneamente a la aplicación de otras bonificaciones o reducciones en las cuotas de Seguridad Social , solo podrá aplicarse una de ellas, correspondiendo la opción al beneficiario en el momento de formalizar el alta del trabajador en la Seguridad Social.

INCENTIVOS

  • Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social del 100 por cien durante 12 meses siguientes a la contratación.
  • Serán de aplicación las previsiones contenidas en la sección 1ª del Capítulo I, de la Ley 43/2006 a excepción del lo establecido en su artículo 2.7.

NORMATIVA

Real Decreto-Ley 4 /2013, de 22 de febrero (B.O.E de 23 de febrero).
Ley 43/2006, de 29 de diciembre (B.O.E de 30 de diciembre).