Guía para trabajadores de servicios no esenciales: cómo recuperar las horas por el permiso retribuido

Con la aplicación del permiso retribuido recuperable, los empleados que no trabajen durante el tiempo de confinamiento seguirán cobrando su salario, pero deberán recuperar las horas no prestadas cuando finalice el estado de alarma. Te explicamos cómo afecta esta medida a los trabajadores y sus derechos en estos términos.

A partir de este lunes, todas las personas que trabajen en actividades y servicios considerados no esenciales deberán confinarse en casa hasta la finalización del estado de alarma. Así se ha regulado en la ampliación del decreto que ha hecho público el Gobierno en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se plantea, como solución temporal a esta situación, la disposición de un permiso retribuido recuperable.

Sí se ha añadido una excepción a última hora a razón de la tardanza en la publicación del BOE: una suerte de «moratoria» para aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad. Así, habrá trabajadores que «podrán prestar servicios el lunes 30 de marzo de 2020 con el único propósito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso».

Pero ¿cómo afecta este permiso a los trabajadores? ¿Cuándo se pone en marcha y cuándo finaliza? ¿Qué derechos tiene el empleado con esta medida? El anuncio del Gobierno ha generado múltiples dudas a los españoles que se verán afectados por esta ampliación del Real Decreto. Por ello, intentamos dar respuesta en los siguientes apartados a las principales preguntas que arroja esta nueva norma.

¿Qué servicios son esenciales y quién accederá al permiso retribuido recuperable?

Según ha expuesto el Gobierno, este permiso «es de aplicación obligatoria a todas las personas trabajadoras que prestan servicios en aquellas empresas que no desarrollan actividades que sean esenciales». Los servicios que se han clasificado como esenciales y que no pararán durante el tiempo de confinamiento están detallados en este enlace. Si tu actividad no aparece en ninguno de los puntos señalados en el Real Decreto, este lunes 30 de marzo no deberás ir a trabajar.

Y si no vas a trabajar, ¿se aplica el permiso retribuido recuperable? La respuesta es sí, pero con excepciones. No tendrán acceso los trabajadores cuyas empresas hayan aplicado, o estén en disposición de hacerlo, un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) porque esta herramienta «permite igualmente dar una respuesta adecuada a la necesidad de restringir aún más la movilidad de las personas».

En el documento que recoge la ampliación del Real Decreto se precisa además que las empresas que se hayan limitado a reducir solo un porcentaje de la actividad con la aplicación de un ERTE de jornada reducida «podrán compatibilizar ambas medidas». Por el contrario, no se podrá aplicar el permiso retribuido recuperable «a las personas que se encuentran de baja por incapacidad temporal o cuyo contrato esté suspendido por otras causas «. Tampoco accederán a este permiso quienes actualmente se encuentren teletrabajando, puesto que no sufrirán un parón en su actividad laboral.

¿Cuándo empieza a aplicarse el permiso retribuido y cómo afecta a los trabajadores?

Pedro Sánchez comunicó que el permiso se pondrá en marcha a partir del lunes 30 de marzo, y acabará, en un principio, el jueves 9 de abril, incluyendo ambos días. En el documento que se ha publicado en el BOE se indica la forma en que afectará a los empleados.

«Durante este período, los trabajadores quedarán exonerados de prestar sus servicios, si bien continuarán devengando su salario por la totalidad de la jornada habitual, por todos los conceptos retributivos. En consecuencia, se mantienen vigentes todas las obligaciones de empresas y personas trabajadoras en cuanto a la liquidación y cotización de cuotas y demás conceptos de recaudación conjunta»

En resumen: aunque no trabajes, seguirás cobrando tu salario habitual, así como los complementos salariales, y cotizando de manera normal. Pero cuando finalice el estado de alarma, deberás recuperar las horas de trabajo que se hayan ‘perdido’ durante el tiempo que hayas pasado confinado en horario laboral.

¿Cuándo y de qué manera se recuperan las horas laborales cuando acabe el confinamiento?

Los empleados deberán volver a su rutina de trabajo habitual cuando acabe el periodo de confinamiento y, por tanto, recuperar las horas que no hayan ejercido durante ese tiempo. Si no hay una ampliación del tiempo de restricción en la movilidad, la normalización de la jornada laboral tendrá lugar cuando termine el estado de alarma.

Es en ese momento cuando se deberá empezar a recuperar las horas de trabajo «hasta el 31 de diciembre de 2020«. El tiempo extra que deberán dedicar los trabajadores afectados por esta medida se negociará entre la empresa y la organización, comité o sindicato que represente a los empleados de la misma, y esa negociación «tendrá una duración máxima de siete días», según se ha señalado en la ampliación del Real Decreto.

También se apunta que esa comisión representativa de trabajadores «deberá estar constituida en el improrrogable plazo de cinco días», y que durante el periodo de consultas «las partes deberán negociar de buena fe, con vistas a la consecución de un acuerdo».

En esta línea, el decreto publicado en el BOE que en el acuerdo alcanzado entre las dos partes se «podrá regular la recuperación de todas o de parte de las horas de trabajo durante el permiso, el preaviso mínimo con que la persona trabajadora debe conocer el día y la hora de la prestación de trabajo resultante, así como el periodo de referencia para la recuperación del tiempo de trabajo no desarrollado».

No obstante, también se observa un matiz en este apartado: «Las partes podrán acordar en cualquier momento la sustitución del periodo de consultas por procedimientos de mediación o arbitraje». Además, en caso de que no se alcance un acuerdo, será la empresa la que notifique «la decisión sobre la recuperación de las horas de trabajo no prestadas durante la aplicación del presente permiso».

¿Cuáles son los derechos de los trabajadores durante la recuperación de las horas de trabajo no prestadas?

Según se manifiesta en la ampliación del Real Decreto, el sistema diseñado por una empresa para la recuperación de las horas de trabajo no prestadas durante el tiempo de confinamiento no podrá incumplir «los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley y el convenio colectivo», así como tampoco podrá superar la jornada máxima anual.

En esta línea, se indica que se deberán respetar «los derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar reconocidos legal y convencionalmente». Eso sí, las empresas que hagan uso del permiso retribuido recuperable podrán «establecer el número mínimo de plantilla o los turnos de trabajo estrictamente imprescindibles».