El Gobierno elimina el límite de distancia y tiempo para salir a la calle a pasear o hacer deporte en la fase 2

Una nueva publicación del BOE suprime las reglas para los paseos de los niños, ya no será obligatorio que sea de una hora, dentro de un kilómetro y una sola vez al día.

El Ministerio de Sanidad relaja desde este miércoles las limitaciones que estaban vigentes para los paseos y el deporte individual en los territorios que ya se encuentran en la fase 2 de la desescalada hacia la nueva normalidad.

De acuerdo con la disposición de Sanidad, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), Orden SND/445/2020 de 26 de mayo, BOE 150 de 27 de mayo de 2020, que tiene efectos inmediatos, por lo que desde este miércoles los niños que residan en zonas en fase 2 podrán salir de sus domicilios a cualquier hora sin límite de tiempo ni de veces, excepto en la franja reservada para mayores.

También quedan eliminadas ya en estos municipios las franjas horarias para la actividad deportiva no profesional, que podrá practicarse cuantas veces al día se quiera. Y la limitación del radio de un kilómetro en los paseos.

De forma que quedan prácticamente eliminadas todas las restricciones ya que deroga el límite de un kilómetro de distancia del domicilio para pasear y el municipio para hacer deporte para adultos. También suprime las reglas que quedaban para los paseos de menores de 14 años: un paseo al día, a un kilómetro y de una hora.

Por tanto, cualquier ciudadano podrá salir a pasear o hacer deporte dentro de su territorio de desescalada y se podrá pasear con los menores las veces al día que considere oportuno y durante el tiempo que se prefiera, con la excepción de franja que se reserva para los mayores de 70 años y las personas vulnerables, de 10 a 12 y de 19 a 20 horas.

Las comunidades autónomas podrán mover estas franjas dos horas arriba o abajo.

En resumen, en las provincias/zonas que ya se encuentran en la fase 2,  a partir de hoy miércoles, se permiten estas prácticas a cualquier distancia y varias veces al día.

Ambas autorizaciones se añaden a la orden del 16 de mayo que establece las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional derivadas del estado de alarma, en aplicación de la fase 2 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Limitaciones en las playas

El Ministerio de Sanidad también ha modificado varios aspectos de esta orden relacionados con el acceso a las playas, de tal modo que los ayuntamientos podrán establecer limitaciones tanto de acceso, que en todo caso será gratuito, como de aforo a fin de asegurar que se respeta la distancia de, al menos, dos metros entre bañistas.

También podrán establecer límites en los tiempos de permanencia, así como en el acceso a los aparcamientos para controlar el aforo, que se calculará teniendo en cuenta que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados.