APLAZAMIENTOS DE IMPUESTOS PENDIENTES DE OFICIALIZACIÓN

Estimados clientes,

Cuatro son los escritos que AECE, junto con los demás colectivos que integramos el Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, hemos dirigido a las máximas autoridades de los Ministerios de Hacienda, Economía y Presidencia, exponiéndoles nuestros razonamientos y solicitando-reiterando que se amplíen los plazos de presentación de autoliquidaciones tributarias y declaraciones. La negativa por parte de la Ministra de Hacienda ha sido tajante. No entendemos este posicionamiento, cuando lo que se solicita es un aplazamiento. En primer lugar, para que los autónomos y pymes tengan liquidez y, en segundo lugar, para que los Asesores fiscales podamos hacer nuestro trabajo con las mínimas garantías de responsabilidad y seguridad.

Parece que al final no ha caído en saco roto, este llamamiento, y que están dispuestos, (Eso sí, todavía está pendiente de aprobación en el Consejo de Ministros y de publicación en el BOE), a tomar una serie de medidas que, en resumen, abarcará las siguientes cuestiones:

– Estas medidas se aplicarán SOLAMENTE a aquellas empresas con un volumen de facturación inferior a 600.000 euros (para el resto seguirá siendo el 20 de abril de 2020 el plazo de presentación), y son:

  • El plazo máximo de presentación de las declaraciones de este trimestre se pasa al 20 de mayo de 2020, y el plazo para las domiciliaciones será hasta el 15 de mayo.
  • En las declaraciones ya presentadas con domiciliación en cuenta, no se efectuará el cargo hasta el 20 de mayo.

– Para las personas físicas que están en Estimación Objetiva:

  • Podrán realizar ahora la renuncia al sistema de Estimación Objetiva (solamente para este año y no para 3 como está establecido actualmente) y realizar los pagos del trimestre por el Régimen de Estimación Directa Simplificada.
  • Para los que no renuncien y permanezcan en Estimación Objetiva, se habilitará un sistema que permita reducir del rendimiento neto los días que haya estado cerrado el establecimiento.

– Para las Sociedades:

  • Se podrá realizar ahora el cambio en el sistema de cálculo de los pagos fraccionados.

Hemos considerado importante trasladarte esta noticia (aunque todavía no es oficial hasta que realicen la publicación en el BOE). Desgraciadamente hemos de esperar a la aprobación de estas medidas y de algunas otras relacionadas con modificaciones en cuanto a los últimos Decretos conocidos.

Tristemente hemos de seguir conviviendo con este océano de inseguridad.

Saludos cordiales,