Subvención para el fomento de la contratación en el marco del Plan de Acción por el Empleo de Tenerife

FIFEDEEl Cabildo de Tenerife, a través de la Fundación FIFEDE, ha publicado la orden por la que se abre el plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones destinadas a financiar parte de los costes salariales y cuotas empresarial a la Seguridad Social (hasta un máximo de cuatro meses), para aquellas empresa que en la isla de Tenerife, que realicen nuevos contratos con personas desempleadas por una duración no inferior a 3 meses y una jornada no inferior a 20 horas semanales.

 

Requisitos:

 

Los requisitos más importantes son los siguientes:

 

  1. Los centros de trabajos deben situarse en la isla de Tenerife
  2. No son bonificables ni los fijos discontinuos ni los contratos de formación y aprendizaje
  3. Deben realizarse con personas en situación de desempleo
  4. Serán bonificables aquellos contratos realizados entre el 1 de Enero de 2016 y hasta un mes posterior a la publicación del acuerdo de concesión.
  5. No pueden realizarse con trabajadores que hayan está vinculado con la empresa desde el 15 de Abril de 2016 o  3 meses antes de la concertación del nuevo contrato.
  6. La empresa se compromete a incrementar la plantilla media en un trabajador como mínimo en los 12 meses a la concertación del último contrato de trabajo subvencionable tomando como referencia los 12 meses anteriores a la concertación del primer contrato
  7. La empresa se compromete a mantener en plantilla durante 12 meses a un 25% de los contratos subvencionados con un mínimo de 1 en el caso de que sean menos de 4 contratos
  8. Exponer un cartel identificativo en un lugar visible del centro de trabajo
  9. Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
  10. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

 

Cuantías de la subvención

 

El importe de las subvenciones alcanzará como máximo el 100% del coste salarial y de Seguridad Social (en función de la modalidad de contratación que se practique), con el límite máximo de 4.000,00 € por persona contratada.

 

Se otorgarán:

 

Un máximo de 1.000,00 € por cada mes y persona contratada mediante contrato de duración indefinida, hasta el máximo de 4 meses de coste salarial y seguridad social (4.000,00 €), siempre que el coste aludido alcance un importe igual o superior a dichos 4.000,00 €.

 

Un máximo de 700,00 € por cada mes y persona contratada mediante contrato de duración determinada, hasta el máximo de 4 meses de coste salarial y seguridad social (2.800,00 €) siempre que el coste aludido alcance un importe igual o superior a dichos 2.800,00 €

 

En el caso de que los contratos sean a jornada parcial, el importe de la subvención será proporcional al número de horas semanales.

 

Plazos de entrega

 

La documentación mediante los modelos oficiales junto a la documentación requerida se presentara como plazo máximo el 15 de Septiembre de 2016.

 

 

 

                                                                                                              MIGUEL ANGEL CABEZA SANTOS

 

                                                                                                      Departamento de Personal