NUEVAS MEDIDAS GOBIERNO DE CANARIAS 08/07/21

Los datos epidemiológicos pasan a Gran Canaria a nivel 2 y mantienen a Tenerife en el nivel 3

El Consejo de Gobierno aprueba una serie de medidas adicionales para la islas en fase 3 y 4

El Consejo de Gobierno ha aprobado una serie de medidas de refuerzo a las islas en fase 3, situación en la que se encuentra en estos momentos solo la isla de Tenerife. Para ello, el Gobierno solicitará al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) la autorización de la limitación de la movilidad en horarios nocturnos entre las 00:30 y las 06:00 horas en aquellas islas en fase 3 y 4.

El resto de islas se mantienen en el nivel establecido la semana anterior; es decir, Fuerteventura, en nivel 2, y Lanzarote, La Palma, La Gomera y El Hierro, en nivel 1. Todas ellas bajo la vigilancia epidemiológica debido a algunos incrementos importantes y a la aparición de brotes.

El Acuerdo de Gobierno incluye los siguientes cambios en las medidas para el nivel de alerta 3 (que en este momento afecta solo a Tenerife) que serán publicadas previsiblemente este sábado en el BOC, por lo que entrarían en vigor a partir de las 00:00 horas, es decir en la noche del sábado al domingo, que son:

  • Prohibición de venta de bebidas alcohólicas a partir de las 22.00 horas.
  • Cierre en horario nocturno de parques y playas y aquellos otros espacios públicos en los que sea previsible la celebración de botellones u otras aglomeraciones entre las 20.00 y las 06.00 horas.
  • Transporte público regular terrestre urbano, interurbano y metropolitano: reducción de aforo al 33% y refuerzo de las líneas de mayor afluencia.
  • Ámbito laboral: prestación de servicios telemáticos, siempre que sea posible por las características del trabajo. Evitar en la medida de lo posible el consumo de alimentos en espacios interiores, procurando, cuando esto no sea posible, la realización de turnos.
  • Centros y parques comerciales: aforo del 25% respecto al autorizado, tanto en el interior de los establecimientos como en las zonas comunes. Prohibición de permanencia en zonas comunes, excepto para el tránsito o la espera para acceder a los establecimientos. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, esta limitación debe cumplirse en todas ellas.
  • Prohibición, en espacios cerrados, de coros, bandas, orquestas u otras agrupaciones musicales en las que no pueda mantenerse el uso continuo de la mascarilla y la distancia de seguridad interpersonal de dos metros permanentemente. Podrán desarrollarse al aire libre, siempre y cuando se garantice esta distancia entre los componentes y entre éstos y el público.
  • Prohibición de eventos multitudinarios sujetos a autorización sanitaria, es decir aquellos que superan los 750 personas de público.
  • Se recomienda el aplazamiento de cualquier celebración o evento multitudinario no sujeto a autorización.

FUENTE: GOBIERNO DE CANARIAS