MEDIDAS PREVENTIVAS GOBIERNO DE CANARIAS

-Principales medidas preventivas para la contención del Covid-19 en la isla de Tenerife, publicadas en el BOC 152 de 26 de Julio y con validez de carácter inmediato desde la publicación oficial del mismo-

ACTIVIDADES, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS: LIMITACIÓN DE HORARIOS
  • Cierre total entre las 00:00 h y las 06:00 horas.
  • Excepciones a esta limitación horaria, contenidas en los apartados 1.6.2:

APDO.1.6.2 Actividades, servicios o establecimientos exceptuados del cierre entre las 00:00 h y 06:00 h.

a) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Los servicios públicos esenciales, críticos y servicios de transporte público.

c) Los servicios sociales y sociosanitarios.

d) Los centros o clínicas veterinarias.

e) Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustibles para la automoción.

f) Servicios de alquiler de vehículos

g) Servicios funerarios y velatorios

h) Los establecimientos de restauración integrados en centros y servicios sanitarios.

i) La actividad industrial y el comercio mayorista.

j) Servicios de abastecimiento a los servicios y actividades anteriores, así como a los establecimientos de alimentación y bebidas.

TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR TERRESTRE, URBANO Y METROPOLITANO DE VIAJEROS
  • Se reduce el aforo al 33% y se reforzarán las líneas de mayor afluencia

EVENTOS MULTITUDINARIOS: DE CARÁCTER OCASIONAL. ESPORÁDICO O NO PROGRAMADO A LOS QUE CONCURREN MÁS DE 10 PERSONAS

  • Respecto de los eventos que puedan celebrarse en los niveles de alerta 3 y 4 en función de lo dispuesto para cada uno de los sectores de actividad contemplados en el referido apartado 3:

Se recomienda el aplazamiento de cualquier celebración o evento multitudinario no sujeto a autorización.

HOSTELERIA Y RESTAURACIÓN

Terrazas al aire libre 75% del aforo. Comensales por mesa: 6

En e l interior 50% del aforo, exclusivamente para aquellos usuarios que dispongan del Certificado COVID-19, con pauta vacunal completa (inmunizados), una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA: no se incluye entre éstas los “autotest diagnósticos”) negativa y realizada en las últimas 72 horas o certificar que ha superado la infección en los últimos seis meses. Se exime de esta obligación para el acceso a los menores de 18 años, que igualmente computarán para el aforo máximo.

Comensales por mesa: 4

Consumo en barra: grupos de 2 personas y espacios señalizados

Bufé y autoservicio en interior: prohibido. Permitido al aire libre.

Cierre completo del establecimiento y servicio de recogida en el propio local, antes de las 00:00 h

ACTIVIDAD CULTURAL EN CINES, TEATROS, AUDITORIOS Y EN ESPACIOS CULTURALES ESTABLES

  • Aforo: 55% del aforo autorizado.
  • Aforo exclusivamente para aquellos usuarios que dispongan del Certificado COVID-19, con pauta vacunal completa (inmunizados), una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA: no se incluye entre éstas los “autotest diagnósticos”) negativa y realizada en las últimas 72 horas o certificar que ha superado la infección en los últimos seis meses.
  • Se podrá acomodar al público por grupos de convivencia estable de hasta 4 personas.
  • Se mantendrá, como mínimo, dos butacas libres (señalizando la prohibición de su uso) entre grupos de convivencia en la misma fila horizontal y una butaca libre tanto delante como detrás de cada butaca ocupada.
  • En caso de no contar con butacas fijas se mantendrá una distancia perimetral de 1.5 metros de separación entre grupos de convivencia.
  • Prohibido comer y beber durante los espectáculos o sesiones.

ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA NO FEDERADA EN ZONAS INTERIORES DE INSTALACIONES Y CENTROS DEPORTIVOS

  • No se superará el 33% del aforo deportivo en cada una de las estancias o espacios.
  • Aforo exclusivamente para aquellos usuarios que dispongan del Certificado COVID-19, con pauta vacunal  completa (inmunizados), una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA: no se incluye entre éstas los “autotest diagnósticos”) negativa y realizada en las últimas 72 horas o certificar que ha superado la infección

en los últimos seis meses.

  • Se garantizará el mantenimiento de la distancia de seguridad de 2 m en todo momento.
  • Se permite un número máximo de 4 personas por grupo incluido el monitor, garantizando que se mantiene la distancia indicada entre los distintos grupos en todo momento.
  • Se hará uso de la mascarilla cubriendo nariz y boca permanentemente.

ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES DE JUEGO Y APUESTAS.

  • Aforo 33%.
  • Aforo exclusivamente para aquellos usuarios que dispongan del Certificado COVID-19, con pauta vacunal completa (inmunizados), una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA: no se incluye entre éstas los “autotest diagnósticos”) negativa y realizada en las últimas 72 horas o certificar que ha superado la infección en los últimos seis meses.
  • Prohibido consumo de bebidas o comidas.
  • Mesas con ocupación máxima de 4 personas garantizándose la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas.

ESPECTÁCULOS PÚBLICOS No se pueden celebrar (fase 3 y 4).

CAMPAMENTOS INFANTILES Y JUVENILES :

  • AL AIRE LIBRE Y EN ESPACIOS INTERIORES (MISMAS MEDIDAS)
    • Aforo 33%.
    • Máximo 20 personas, incluidos los monitores.
    • En grupos de máximo 4 personas.

PISCINAS DE USO COLECTIVO, SPAS

  • Instalaciones descubiertas: aforo 33%.
  • Grupos de máximo 2 personas
  • Piscinas cubiertas de titularidad pública: abiertas sólo para usuarios que precisen de la actividad con fines terapéuticos y mejora de la salud.
  • Spas o piscinas de hidromasaje cubiertas: cerrados.
  • Grupos de máximo 2 personas

FUENTE: GOBIERNO DE CANARIAS, BOC 152 DE 26 DE JULIO