CANARIAS EMPIEZA HOY CON NUEVAS REGLAS. ESPEREMOS EL RESPETO A LAS MISMAS.

Nos enfrentamos a la dura prueba de poner en práctica las normas de higiene y prevención en la calle; se corre el riesgo de un repunte que sería funesto.

Del cumplimiento estricto de las nuevas reglas de convivencia, derivadas de la pandemia por el coronavirus, depende que sigamos avanzando en una recuperación económica fundamental para nuestra suertes (condenados a la miseria si su motor económico, el turismo, no se reactiva lo antes posible) o, por el contrario, nos veremos condenados a nuevas restricciones y, lo que es peor, se perderán más vidas a cuenta de esta pandemia.

Esperamos sirva esta información para un breve repaso a las normas que, a partir de hoy, afectan a los más de 2.100.000 canarios, de nuevo juntos en la Fase 1.

DESTINATARIOS

Las nuevas normas afectan a todos los isleños salvo los que presenten síntomas, estén en aislamiento o cuarentena por un diagnóstico por Covid-19 o ser contacto estrecho.

TRABAJO

  • Se fomentará la continuidad del teletrabajo.
  • Para los que vayan a sus centros, se deberán adoptar las medidas necesarias de higiene y/o prevención.  El empresario deberá garantizar la distancia de seguridad de dos metros entre trabajadores o en su defecto, dotarles de trajes de protección EPI.

SOCIALES

  • Podrán reunirse (en la calle y domicilios) y circular grupos (máximo de 10 personas) en la misma Isla, respetando la distancia de dos metros e higiene de manos.
  • Reuniones sin límite de número si son convivientes.
  • Se permiten velatorios, bodas y demás ceremonias con un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 10 personas en espacios cerrados.
  • Se permite la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo.
  • Se puede ir a la segunda residencia si está en la misma Isla.
  • Uso de vehículos privado con conductor y un ocupante en la parte trasera. Si son convivientes pueden ocupar todas las plazas. (Al final se ampliará el tema de vehículos).

COMERCIO

Pueden abrir locales con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados,

  • Con un 30% del aforo total, garantizando distancia mínima de dos metros entre clientes.
  • Limpieza y desinfección dos veces al día, una de ellas al final de la jornada.
  • Lavado y desinfección diaria de la ropa de trabajo.
  • Comercio textil con probadores para una persona, con limpieza y desinfección tras su uso.
  • Sin cita previa, con un horario preferente para personas mayores de 65 años.
  • No se incluyen centros comerciales a no ser que los negocios tengan acceso exterior individual.
  • Concesionarios de automoción, estaciones de ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas podrán reabrir al público, preferentemente mediante la utilización de la cita previa sin el límite de 400 metros cuadrados.
  • Las Administraciones de lotería, “podrán proceder a su reapertura al público las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, a excepción de aquellos que se encuentren ubicados dentro de centros comerciales o parques comerciales, sin acceso directo e independiente desde el exterior”.
  • Se podrán abrir mercados al aire libre, con una limitación al 25 % de los puestos habituales y afluencia inferior a un tercio del aforo habitual.

HOSTELERÍA

  • Terrazas al aire libre con el 50% de las mesas, con una ocupación máxima será de 10 personas por mesa.
  • Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.
  • Además, se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.
  • Se priorizará además la utilización de mantelerías de un solo uso, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados y 
  • Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del establecimiento o local, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
  • El uso de los aseos por los clientes, su ocupación máxima será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Asimismo, deberá procederse a la limpieza y desinfección de los referidos aseos como mínimo, seis veces al día.

SERVICIOS SOCIALES

Apertura de todos los centros recogidos en el Catálogo de Referencia de Servicios Sociales, para atender de manera presencial a aquellos ciudadanos que lo necesiten.

EDUCACIÓN Y CULTURA

  • Apertura de colegios y universidades para su desinfección, acondicionamiento y funciones administrativas y dependerá de la dirección de cada centro su organización.
  • También se activa la actividad en los laboratorios científico-técnicos y universitarios el trabajo.
  • Se podrán reabrir las bibliotecas públicas y privadas para préstamo y devolución, así como lectura en sala con aforo del 30%, pero no el uso de ordenadores.
  • Apertura de locales para actos y espectáculos culturales, que no podrán reunir en lugares cerrados más de 30 personas y, al aire libre más de 200 personas.
  • Se permiten las producciones audiovisuales y de rodaje. Esta es una industria muy importante para Canarias y dependerá de que pueda haber mayor movilidad con el exterior para que aumenten los rodajes en las Islas.

TURISMO y VIDA SOCIAL Y COMUNITARIA

  • Se podrán volver a realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 10 personas.
  • En hoteles, habrá servicio de restauración solo para los clientes, no estará permitida la utilización de piscinas o gimnasios ni demás lugares comunes.
  • Reuniones de hasta un máximo de diez personas, sin límite de número si son convivientes.
  • Uso de vehículos privado con conductor y un ocupante en la parte trasera. Si son convivientes pueden ocupar todas las plazas.
  • Velatorios con límite máximo de quince personas en espacios al aire libre y de diez personas en espacios cerrados.
  • Asistencia a lugares de culto sin superar un tercio de su aforo.

PASEOS

Continúan las limitaciones de edades y horarios para paseos y deporte no profesional. La nueva norma plasma la libertad de circulación dentro de la isla. No obstante, las franjas para hacer deporte continúan vigentes, por lo que no se podrá salir a correr o montar en bicicleta fuera de los tramos ya establecidos. Sin embargo, sí será posible abandonar el hogar para ir a comprar a los comercios, a visitar a un familiar o amigo o tomar algo en la terraza de un bar a cualquier hora siempre que se cumplan las condiciones higiénicas, sanitarias y de seguridad de distancia.

En esta fase aún no se podrá ir a las residencias de ancianos.

RECORDAR

Las playas sólo para Pasear o correr por la orilla, y para deporte profesional. Algunos municipios ya están preparando las mismas, desinfectando y limpiando y realizando trabajos de homogeneización de la capa de arena, después de que, en las últimas semanas, las corrientes hayan ido desplazando esta última, que ha quedado acumulada en determinados espacios de la playa.

El uso de las mismas en condiciones normales, de momento, no se espera hasta la Fase 3.  Aunque es probable que determinados municipios lo anticipen.

VEHÍCULOS, TRANSPORTE

  • Podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio. En este supuesto, no será necesario el uso de mascarilla».
  • Cuando estas no convivan en el mismo domicilio podrán desplazarse en transportes privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, dos personas por cada fila de asientos, será obligatorio usar mascarilla y respetar la máxima distancia entre los ocupantes;
  • En vehículos con solo una fila de asientos, como las cabinas de furgonetas podrán ir dos personas con mascarillas, como se establecía hasta el momento. Tendrán que guardar entre ellos la máxima distancia posible.
  • Las motocicletas, ciclomotores y vehículos similares de categoría L en general se podrán utilizar las dos plazas homologadas —la del conductor y pasajero—, siempre que se resida en el mismo domicilio. También podrá hacerse en el supuesto de que no vivan juntos pero lleven casco integral con visera o utilicen mascarilla.
  • Para las motos de uso compartido, como las de alquiler, será obligatorio el uso de guantes, tanto para el pasajero como por parte del conductor. «A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas», esclarece la norma.
  • Y, en los transportes públicos colectivos se procurará garantizar la máxima distancia posible tomando como referencia la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona para viajar de pie.  Dejando siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. Siendo obligatorio el uso de mascarillas.
  • En los taxis y vehículos VTC —Vehículo de transporte con conductor, las licencias que utilizan para operar Uber y Cacify— se mantiene la prohibición de utilizar el asiento del copiloto, que se establecía en la FAse 0. Sin embargo, se pueden ocupar el resto de plazas disponibles en caso de que todos los viajeros vivan juntos. Si no, solo se podrá ocupar dos personas por fila.

En la Fase 1se establecen medidas para flexibilizar la movilidad de las personas entre las islas, en transporte aéreo y marítimo.

En el Transporte aéreo, se fijan condiciones que permitan a los operadores ampliar progresivamente su oferta de vuelos para dar respuesta a las necesidades de movilidad entre las islas.

Además, se establece un servicio mínimo imprescindible para salvaguardar una conectividad aérea básica esencial entre las distintas islas de Canarias durante la duración del estado de alarma. En estos casos, se considerará suficiente ofrecer solo el 50% de la capacidad total de cada aeronave para asegurar la debida separación entre pasajeros. Las frecuencias diarias para cada una de las rutas serán:

  • Gran Canaria-Tenerife Norte: 2 frecuencias
  • Gran Canaria-Fuerteventura: 2 frecuencias
  • Gran Canaria-Lanzarote: 2 frecuencias
  • Tenerife Norte-La Palma: 2 frecuencias
  • Tenerife Norte-El Hierro: 1 frecuencia

Según la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, los territorios que hayan pasado a la Fase 1 puede realizarse la navegación de recreo «atendiendo a su consideración como turismo activo y de naturaleza por grupos limitados»

  • Se permitirá la navegación a las personas que tengan su domicilio en la misma provincia, isla o ciudad autónoma en que esté estacionada la embarcación.
  • No podrá estar a bordo un número de personas que supere el 50% de las autorizadas por aforo.
  • En caso de que todas las personas que estén en la embarcación convivan en el mismo domicilio, podrá alcanzarse el 100% de las plazas. Aun así, el número de personas a bordo de la embarcación no podrá exceder las 10.

Se podrá «alquilar motos náuticas y embarcaciones o buques de recreo, así como aeronaves de recreo»,

  • Personas que residan en la misma provincia, isla o ciudad autónoma en la que se encuentre la empresa de alquiler.
  • En las motos náuticas solo podrá ir una persona a bordo, salvo que se trate de personas que residan en el mismo domicilio.

En cuanto al territorio por el que se pueda navegar, este se limita a las aguas, o espacio aéreo permitido, de los territorios de la provincia, isla o unidad territorial de referencia que se determine la progresión a la Fase 1. Para las motos náuticas y las embarcaciones o buques de recreo no podrán alejarse más de 12 millas del puerto o instalación de amarre desde el que comiencen la navegación.

FUENTE: BOE nº 131, Domingo 09/05/2020 y anteriores publicaciones.